DES-CONCIERTO EN LA IGLESIA DE ATLÁNTIDA - UNA PROHIBICIÓN QUE NO SE DIO, ANTE UN PEDIDO INEXISTENTE
Ha aparecido en la prensa y, según me dicen, corre por las redes sociales, la noticia y variados comentarios acerca de la prohibición de un concierto en la Iglesia Parroquial Cristo Obrero y Nuestra Señora de Lourdes de Atlántida. Algunos se rasgan las vestiduras y muchos increpan al obispo de Canelones, o sea, a mí.
En el asunto hay dos puntos diferentes:
1) la comunicación el 7 de octubre de la prohibición de un concierto de coros en el Día del Patrimonio, en dicha iglesia.
Al respecto cabe decir que no hubo prohibición, porque nunca se pidió la autorización. Se organizó lo que se quiso y luego cercanos a la fecha se comunicó que tendría lugar en la iglesia.
Por lo tanto la comunicación violenta y tardía corre por cuenta de quienes sin ningún respeto por el derecho de la comunidad católica del lugar, organizaron lo que les parecería muy bueno en un espacio que pertenece a esa comunidad y que está destinado al culto.
Los responsables de dar la noticia habrían sido más honestos si la hubieran dado completa, incluyendo al menos alguna responsabilidad.
2) Con respecto a los conciertos en espacios dedicados al culto católico, la Iglesia tiene su pensada normativa y también los responsables de aplicarla.
El Obispo de Canelones quiere contribuir a que respete, ahonde y desarrolle el sentido de la sacralidad del templo católico. La Iglesia contribuye ampliamente a la cultura, pero desde su fin específico: el culto de Cristo al Padre en el Espíritu.
No es éste el momento de explayarla, pero, para quien quiere interesarse sobre el tema en otra entrada se pone el documento pertinente: Carta de la Congregación para el Culto divino, del 5 de noviembre de 1987, con respecto a los conciertos en las Iglesias.
3) En cuanto los juicios contra mi persona, omito abrir la exposición de cuanto Dios me ha permitido realizar en pro de la cultura arquitectónica, plástica y musical en diversas formas.
Para quien le pueda servir también adjunto una carta con que respondí a un feligrés que me preguntó amablemente por este asunto.
En el asunto hay dos puntos diferentes:
1) la comunicación el 7 de octubre de la prohibición de un concierto de coros en el Día del Patrimonio, en dicha iglesia.
Al respecto cabe decir que no hubo prohibición, porque nunca se pidió la autorización. Se organizó lo que se quiso y luego cercanos a la fecha se comunicó que tendría lugar en la iglesia.
Por lo tanto la comunicación violenta y tardía corre por cuenta de quienes sin ningún respeto por el derecho de la comunidad católica del lugar, organizaron lo que les parecería muy bueno en un espacio que pertenece a esa comunidad y que está destinado al culto.
Los responsables de dar la noticia habrían sido más honestos si la hubieran dado completa, incluyendo al menos alguna responsabilidad.
2) Con respecto a los conciertos en espacios dedicados al culto católico, la Iglesia tiene su pensada normativa y también los responsables de aplicarla.
El Obispo de Canelones quiere contribuir a que respete, ahonde y desarrolle el sentido de la sacralidad del templo católico. La Iglesia contribuye ampliamente a la cultura, pero desde su fin específico: el culto de Cristo al Padre en el Espíritu.
No es éste el momento de explayarla, pero, para quien quiere interesarse sobre el tema en otra entrada se pone el documento pertinente: Carta de la Congregación para el Culto divino, del 5 de noviembre de 1987, con respecto a los conciertos en las Iglesias.
Para quien le pueda servir también adjunto una carta con que respondí a un feligrés que me preguntó amablemente por este asunto.
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