Ley - trans - género - sexo - libertad - verdad


DECLARACIÓN SOBRE EL
PROYECTO DE LEY INTEGRAL DE LAS PERSONAS TRANS.


1.      En noviembre de 2014, la Conferencia Episcopal Uruguaya dio a conocer la Declaración NO A LA DISCRIMINACIÓN, SÍ AL RESPETO, en la que se afirmaba: “Desde hace algunos años se ha incrementado a escala mundial la justa condena de cualquier clase de discriminación. La viva conciencia del derecho al respeto debido a cada persona y a no ser discriminado por la raza, el sexo o la religión es aún más sensible en el caso de personas de diversa orientación sexual”.
2.      Estas palabras sirven de preámbulo a esta nueva Declaración, mientras el parlamento estudia el proyecto de LEY INTEGRAL DE LAS PERSONAS TRANS. Estas personas, en efecto, han sido por largo tiempo injustamente discriminadas en nuestra sociedad y es necesario buscar los remedios para superar una triste situación y aliviar el sufrimiento de quienes la padecen.
3.      Pero “ese justo empeño −continuaba la Declaración de 2014−, se ve desfigurado por quienes quieren imponer la “ideología de género” y no toleran otras concepciones de la sexualidad, del matrimonio y de la familia, en particular la visión judeo-cristiana de la que somos dichosos herederos”.
4.      Efectivamente, el proyecto de ley que nos ocupa sólo puede entenderse en total oposición a lo que sostienen tanto el cristianismo como otras religiones y filosofías, en conformidad con la ciencia”, de nuevo con palabras de la Declaración de 2014. En concreto, el punto de partida de la Ley Integral es que el sexo es algo convencionalmente asignado al momento del nacimiento: “Mujer/niña trans, se afirma, (es) aquella persona que habiendo sido convencionalmente asignada al sexo masculino al momento de su nacimiento, posee una identidad de género autopercibida femenina. Hombre/varón/niño trans (es) aquella persona que habiendo sido convencionalmente asignada al sexo femenino al momento de su nacimiento, posee una identidad de género autopercibida masculina”.
5.      Ante este proyecto de Ley, la Comisión de Familia y Vida de la Conferencia Episcopal Uruguaya quiere aclarar que la ciencia y la común experiencia, en oposición a las afirmaciones anteriores, enseñan que el sexo biológico es independiente de toda ley y de toda convención humana.
6.      Asimismo, que el proyecto de ley de las Personas Trans lleva hasta el extremo la intención de “deconstruir estereotipos”, que ya estaba presente en algunos textos de enseñanza, como denunciaban los Obispos en la Declaración de 2014. Concretamente, al definir a las Personas Trans el proyecto de ley afirma: “la identidad trans ampara múltiples formas de expresión de la identidad de género, en particular, se incluye a las personas identificadas como travestís, transgéneros y transexuales, variantes de género queer o personas de género diferenciado, así como a quienes definen su género como "otro", o sin género, o describan su identidad en sus propias palabras”.
7.      En consecuencia, estas afirmaciones nos alertan, porque el final del proceso “deconstructivo” no puede ser otro que una sociedad formada por individuos solitarios sin más ligamen que la propia idea que tengan de sí mismos. Aprovechando la discriminación que sufre un determinado grupo, se está pretendiendo alterar todo el tejido social fraterno creado por nuestra sociedad democrática y consagrado en nuestra Constitución.
8.      De este modo, el desarrollo “deconstructivo” de este proyecto de ley llega a proponer que los menores de 18 años puedan solicitar cambiar su registro de nombre y sexo, y que puedan acceder a tratamientos médicos que alteren su normal desarrollo. También, en caso de que los padres no apoyen esta decisión, que la ley autorice a representantes legales para lograr estos objetivos.
9.      Nos preguntamos: ¿es lógico considerar que un niño o un adolescente menor de edad tienen la suficiente madurez, para tomar una decisión de tal magnitud que podría afectar su vida irreversiblemente? A su vez: ¿puede una ley desautorizar y desvalorizar a las madres y padres de familia, pasando por encima de su patria potestad en una materia de tanta importancia? Por último: sustituir a los padres por un representante estatal en una decisión tan compleja, ¿no es una actitud propia de los estados totalitarios?
10. Subrayamos, por tanto, que las personas Trans merecen total consideración y ayuda, y que siempre la encontrarán en la Iglesia, no por relativismo cultural sino por su absoluto respeto a cada conciencia libre. Pero, al mismo tiempo, vemos con grave preocupación que en nuestro país se está cumpliendo lo que ha denunciado el Papa Francisco en diversas ocasiones: “Eso es la colonización ideológica: entrar en un pueblo con una idea que no tiene nada que ver con él; con grupos del pueblo sí, pero no con el pueblo, y así colonizar un pueblo con una idea que cambia o pretende cambiar su mentalidad o su estructura (1.II.2015).
11. En suma, queremos llamar la atención sobre la filosofía individualista que, a nuestro juicio, inspira el proyecto de ley; confiamos que quienes tienen la misión de legislar lo harán pensando en el bien común, actual y futuro, de nuestra sociedad. Pedimos que el don de la Sabiduría los ilumine.

Comisión Familia y Vida de la Conferencia Episcopal Uruguaya.
7 de Mayo de 2018.

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